
Las listas forman parte del Padrón Electoral inicial, que los ciudadanos de dichos distritos y provincias podrán encontrar, a lo largo de 5 días, en dos lugares céntricos y de fácil acceso de su localidad: Plaza de Armas, Gobernación, Municipalidad, Comisaría, posta médica o centro educativo.
Luego de revisar los datos que contiene el padrón, el ciudadano puede presentar observaciones o tachas. Estas se hacen, por lo general, cuando en el padrón figura alguien que ha fallecido o no reside en el distrito declarado en su Documento Nacional de Identidad (DNI).
Una vez recogidas las observaciones de los ciudadanos, el RENIEC depura el Padrón Electoral y lo envía al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) para su aprobación y posterior uso en la consulta de revocatoria.
El JNE ha decidido que este proceso se realizará en 266 distritos y 4 provincias, por lo que el RENIEC está publicando el Padrón Electoral inicial en 296 distritos: en los 266 donde su busca revocar a las autoridades distritales, y en los 30 distritos de las 4 provincias donde la consulta se refiere a las autoridades provinciales.
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